60 años de protección de marcas
Protegiendo
las inversionesla posición en el mercado y la historia
PROTEGER LA IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA
La marca de una empresa
ADEMÁS DEL DERECHO EXCLUSIVO
11 razones para registrar una marca:
- Concede al propietario un derecho exclusivo de uso
- Protege la identificación única de su empresa, producto o servicio en un mundo globalizado.
- Permite una defensa oportuna en caso de falsificación y es un elemento disuasorio para que un tercero utilice una marca similar.
- Facilita la identificación a través de motores de búsqueda
- Permite la adquisición de nuevos territorios en exclusiva
- Simplifica la exportación de productos y servicios
- Protege sus inversiones publicitarias
- Puede utilizarse para acceder a financiación
- Es un activo intangible que forma parte del capital
- Protege un activo que aumentará de valor con el tiempo
- Es un activo que hay que proteger
MARCA NACIONAL ESPAÑOLA
DURACIÓN
10 años renovables indefinidamente.
La marca puede ser impugnada si no se utiliza durante un periodo de 5 años a partir de su registro, lo que conlleva su caducidad parcial o total.
DERECHOS
El titular de la marca registrada tiene derecho a utilizarla para distinguir sus propios productos y/o servicios y a prohibir su uso por terceros para productos y/o servicios idénticos o similares que operen en la misma clase de registro. Podrá cederla o conceder licencias para su explotación.
ETAPAS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD:
- VERIFICACIÓN: La Oficina verifica si se cumplen los requisitos formales y legislativos. En España, la OEPM no verifica un conflicto con marcas anteriores ya solicitadas y/o registradas. Si la Oficina considera que existen objeciones, emitirá una notificación a la que usted podrá responder. Contra cualquier resolución de la Oficina cabe recurso.
- PUBLICACIÓN: Si el examen no plantea problemas o si éstos se superan, la marca se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI). A partir de este momento, los titulares de derechos anteriores disponen de un plazo de 3 meses para presentar oposición.
- POSIBLES OPOSICIONES Y CONCESIÓN DEFINITIVA: Si hay oposiciones, usted puede defender la marca intentando llegar a un acuerdo con la parte oponente, posiblemente limitando los productos/servicios reivindicados, o dejar que la Oficina decida sobre la base de los hechos y argumentos presentados. Una oposición bloquea el proceso de registro de una marca: a su conclusión, la marca objeto de oposición puede concederse tal como se presentó, concederse parcialmente en relación con las clases y subclases o denegarse en su totalidad. Si no hay oposiciones, la marca sigue el proceso normal de registro y se concede en un plazo de 12 meses a partir de su presentación.
- RECURSO: contra cualquier resolución de la OEPM relativa al registro de una marca o procedimiento de oposición podrá interponerse recurso en el plazo de 1 mes desde que el interesado recibió la comunicación o tuvo conocimiento del acto impugnado.
Antes de la concesión definitiva, no es posible utilizar el símbolo ®, sino únicamente el TM.
La protección empieza desde la solicitud.
MARCA de la UE
Permite obtener con una sola solicitud una marca válida en toda la Unión Europea.
Posibilidad de oposición
En un plazo de tres meses a partir de la publicación, el titular de marcas anteriores similares que induzcan a confusión puede presentar una oposición aportando la prueba del uso anterior de la marca en la que se basa la oposición.
Duración
La duración es de 10 años a partir de la fecha de presentación. Es posible renovarla indefinidamente. La marca puede ser impugnada, por ejemplo en un litigio, si no se utiliza durante un periodo de 5 años tras su registro en, potencialmente, al menos un Estado miembro de la Unión Europea (la prueba del uso de la marca se rige por una legislación compleja que no puede resumirse en un párrafo).
Derechos
La marca otorga a su titular el derecho exclusivo a utilizar ese nombre en todo el territorio de la Unión Europea.
Oficina de presentación
EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea) con sede en Alicante (España)
LOS PASOS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD:
- Presentación de la solicitud y, si se dispone de toda la información requerida, obtención una fecha de presentación, coincidente con la fecha de prioridad.
- Comprobación de la clasificación de los productos y servicios de la solicitud, así como de sus requisitos formales (como idiomas, datos diversos y posibles reivindicaciones de prioridad).
- Examen de la admisibilidad sobre la base de motivos de denegación absolutos, en particular en relación con el carácter distintivo de la marca.
- Publicación de la solicitud a partir de la cual comienza el periodo de oposición de 3 meses en el que terceros pueden presentar objeciones a la concesión de su marca basándose en derechos anteriores o motivos de denegación absolutos. Si hay oposiciones, usted puede defender su marca intentando llegar a un acuerdo con la parte oponente posiblemente limitando los productos/servicios reivindicados o dejar que la Oficina decida basándose en los hechos y argumentos presentados. Una oposición bloquea el proceso de registro de una marca: a su conclusión, la marca oponente puede ser concedida tal como fue presentada, concedida parcialmente en relación con las clases y subclases o denegada en su totalidad.
- Publicación del registro de la marca en ausencia de procedimiento de oposición.
contra las resoluciones de la EUIPO relativas a la posibilidad de registrar una marca o contra los procedimientos de oposición o de anulación podrá interponerse recurso en un plazo de 60 días a partir de la fecha en que el interesado haya recibido la comunicación o haya tenido conocimiento del acto impugnado
MARCA INTERNACIONAL
El procedimiento de registro internacional solo puede iniciarse tras haber presentado una Marca Nacional en uno de los Estados miembros del Arreglo de Madrid o una Marca de la UE. Es posible, con una única solicitud, designar Estados pertenecientes al Arreglo de Madrid y/o al Protocolo de Madrid.
Posibilidad de oposición
Depende de la legislación vigente en los estados designados.
Duración
La duración es de 10 años a partir de la fecha de presentación. La renovación es posible indefinidamente. Durante los primeros 5 años, la Marca Internacional está vinculada a la vida de la Marca Nacional o Comunitaria en la que se basa, y si esa marca de base caduca, la correspondiente Marca Internacional también caduca automáticamente.
Derechos
La marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizar ese nombre en todos los países designados.
OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)
/ WIPO (World Intellectual Property Organization)
MARCA NACIONAL EXTRANJERA
DURACIÓN
10 años renovables indefinidamente.
La marca puede ser impugnada si no se utiliza durante un periodo de 5 años a partir de su registro, lo que conlleva su caducidad parcial o total.
DERECHOS
El titular de la marca registrada tiene derecho a utilizarla para distinguir sus propios productos y/o servicios y a prohibir su uso por terceros para productos y/o servicios idénticos o similares que operen en la misma clase de registro. Podrá cederla o conceder licencias para su explotación.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE MARCAS
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Nuestros Agentes tienen:
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